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21/05/15

¿Cómo se divide una herencia?

Es el Código Civil en su Título III el que recoge la regulación referida a las sucesiones. En los diferentes artículos que lo regulan, podemos encontrarnos en que existen dos tipos de sucesiones: LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA que es aquella en la que el fallecido ha manifestado, previamente a través de un testamento, su voluntad de cómo a han de disponer sus herederos de sus bienes, y LA SUCESIÓN LEGÍTIMA, que es la que se da cuando el causante ha fallecido sin haber  realizado testamento y será la ley la que indique cómo se debe dividir la herencia.
 
División de la herencia
 
 
Podemos afirmar que la herencia se divide en tres partes:
 
-El tercio de legítima: 
 
A pesar de la libertad de la que dispone  el testador para manifestar su voluntad a través de un testamento, existen unos límites que establece la ley, que en toda herencia se debe cumplir, la legítima.
 
La legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos (hijos y descendientes  y  a falta de estos, los ascendientes y en último término el cónyuge superviviente).
 
-El tercio de mejora:
 
Porción de la herencia de la que el padre o la madre fallecidos podrán disponer en concepto de mejora a favor de alguno o algunos de sus hijos o descendientes. Se debe repartir entre los herederos forzosos pero no necesariamente en partes iguales, se puede beneficiar a unos frente a otros. 
 
-El tercio de libre disposición:
 
Es aquella porción de la herencia respecto de la cual el testador tiene libertad absoluta,  puede adjudicarsela a quien quiera, sea familiar o no, y pudiendo ser un tercero o una persona jurídica.
 
 
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