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ACOMPAÑAMIENTO AL MÉDICO = DERECHO INFORMACIÓN CUIDADOR?

Me gustaria saber si los acompañamientos al médico de un cuidador dan derecho a escuchar lo que se dice en la consulta médica, por parte del cuidador.
Si el derecho a la intimidad i a la privacidad lo impiden cómo puede el cuidador llevar a cabo correctamente su tarea si el médico no le indica como actuar, sobre todo en el caso de las enfermedades raras?
Tengo el título de monitor de tiempo libre y asistente sociosanitario y probablemente cuidaré un niño con problemas de deglución. Es mi obligación solicitar permiso a la familia i al centro una reunión informativa, sobre la enfermedad rara de éste niño, entre yo y su médico. Pero si me la deniegan que debo hacer, debo dimitir de mi responsabilidad?

2 respuestas

ANAGONZJI

hace 3 años

Aunque este hilo es de hace varios meses, me gustaría dejar escrita mi opinión. Yo no veo por sí misma la necesidad de que el cuidador de un niño con dificultades (ya sea físicas, cognitivas o del tipo que sean o si se tratara de otras personas con dificultades) sea informado directamente por el facultativo. Creo que es responsabilidad de los familiares de informar al cuidador de todo aquello que pueda afectar a la salud o integridad del niño. Un saludo

cdiaz

hace 3 años

Desde el grupo profesional de Linkedin del Centro Virtual sobre el Envejecimiento responden a esta pregunta:

Miguel Angel Escudero Torres

Un asunto que no resulta fácil, sobre todo en nuestro tiempo "de imperiosa información". Más que de un derecho yo hablaría de una base de confianza que la haga posible.

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